Reflexión 20. Formación del profesorado era la asignatura pendiente

En el 2020, escribí  este ensayo sobre el tema que más me preocupaba en el ámbito educativo: la formación del profesorado.


"La formación del profesorado es otro ámbito educativo que debe mejorar considerablemente enormemente nuestro país, como se ha comentado a lo largo de la asignatura en varias ocasiones. Me parece un tema relevante a cuestionar, ya que en mi opinión es una causa y consecuencia de diversos problemas educativos; entiendo que es consecuencia de un mal planteamiento por parte del propio sistema al facilitar una plaza fija una vez superada la oposición, lo cual acomoda al docente, además de la oferta escasa y poco atractiva que proporciona la administración; por otro lado, es causa de la carente innovación que se da en las aulas, lo cual podría ser una herramienta que realmente consiga poner freno al fracaso escolar, aplicando otras metodologías, incorporando nuevos materiales, el uso de las TICs, o sencillamente el desarrollo de habilidades decentes que consigan dotar al profesorado de actitudes que faciliten ese cambio de rol, del orador tradicional al guía en la adquisición de aprendizajes.

En la LOE se dedica un apartado completo, el Título III, a establecer la legislación relativa a la formación del profesorado. Los puntos 1 y 2 del artículo 102 resultan especialmente relevantes:

1. La formación permanente constituye un derecho y una obligación de todo el profesorado y una responsabilidad de las Administraciones educativas y de los propios centros.

2. Los programas de formación permanente deberán contemplar la adecuación de los conocimientos y métodos a la evolución de las ciencias y de las didácticas específicas, así como todos aquellos aspectos de coordinación, orientación, tutoría, educación inclusiva, atención a la diversidad y organización encaminados a mejorar la calidad de la enseñanza y el funcionamiento de los centros. Asimismo, deberán incluir formación específica en materia de igualdad en los términos establecidos en el artículo siete de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, así como formación específica en materia de acoso y malos tratos en el ámbito de los centros docentes. Del mismo modo deberán incluir formación específica en prevención, detección y actuación frente a la violencia contra la infancia.

La ley, como podemos comprobar, es contundente al respecto, considera esta formación permanente además de un derecho una obligación, sin embargo las estadísticas demuestran que un porcentaje significativo no responde a esta responsabilidad (Guerra 2021).

Tener formación constante sobre nuevas técnicas, habilidades, metodologías, incluso sobre maneras de tratar ciertas cuestiones sociales que van tomando importancia -como lo son por ejemplo el acoso transfóbico o cyberacoso-, no sólo facilita recursos al profesorado para ganar calidad en el desempeño de su profesión, sino que además probablemente mejoraría el rendimiento académico del alumnado y por lo tanto disminuiría el fracaso escolar. Anteriormente se comentaba que los motivos principales por los que probablemente la formación permanente del profesorado es una asignatura pendiente en nuestro país recaen sobre la administración, no obstante, bajo mi punto de vista es el profesorado quién debe comprometerse con su profesión y formarse de forma voluntaria procurando dar lo mejor de sí a todos los alumnos, dando a su propio desempeño la importancia que tiene."



A día de hoy, han pasado ya 10 años, y hemos superado este problema!!


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